Ayer, día 2 de noviembre de 2023, en la sede del Consejo de Relaciones Laborales, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Construcción de Bizkaia suscribió acuerdo sobre las condiciones económicas para los años 2023 y 2024, incluyéndose la creación de un plan de pensiones de empleo propio en el ámbito del sector de la construcción del Territorio Histórico de Bizkaia. El acuerdo fue alcanzado por la totalidad de la parte empresarial, integrada por ASCOBI-BIEBA, AVE-BIE y AMPV, y por CCOO, organización sindical que ostenta mayoría en la mencionada mesa.

Fijación para los años 2023 y 2024 de los siguientes incrementos salariales:

  • 2023, 4 por ciento.
  • 2024, IPC de 2023, con unas garantías mínimas y máximas del 3 y el 4,5 por ciento, respectivamente, más un 1,7 por ciento adicional (correspondiente a la parte del IPC de 2022, que ascendió al 5,7 por ciento, y que quedó sin abonar en 2023).

Los incrementos se aplicarán sobre todos los conceptos económicos del convenio. Los atrasos correspondientes al período de retroactividad del año 2023 se abonarán, como máximo, en un plazo de dos meses desde la publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia de las tablas que se elaborarán en los próximos días como consecuencia de este acuerdo. Una vez sean aprobadas, se os remitirán antes de su publicación a través de circular.

Todo ello, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 3 de nuestro convenio sobre la absorción y la compensación.

Creación de un Plan de Pensiones propio para Bizkaia con base en las siguientes consideraciones:

Considerando lo que se establece en la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, y su desarrollo reglamentario, la Comisión Negociadora del Sector de la Construcción de Bizkaia ha acordado que, en una futura sesión, que deberá celebrarse antes del final del año 2023, se inicien los trámites necesarios para formalizar, a nivel del Territorio Histórico de Bizkaia, un plan de pensiones de empleo propio.

Una vez esté el plan operativo, las contribuciones empresariales (durante la vigencia del contrato de trabajo, por aquellas personas trabajadoras que se estableciesen como partícipes y que no tuviesen interrumpido o suspendido el contrato de trabajo por alguna de las causas previstas en la legislación vigente), se realizarán en las mismas condiciones que se establecen en el artículo 52 bis del VII Convenio General del Sector de la Construcción. En cuanto a las cuantías, las contribuciones empresariales para los ejercicios 2023 y 2024 serán las que siguen:

  1. Para 2023, de un 2 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del Convenio Colectivo de la Construcción de Bizkaia 2021-2024.
  2. Para 2024, de un 1 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del Convenio Colectivo de la Construcción de Bizkaia 2021-2024, más un 0,25 % del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del mismo convenio.

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