La Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, establece que, en los transportes privados particulares y privados complementarios de personas (de empresa) en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas, cubriendo nariz y boca, y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

Vigencia: hasta nueva Orden o finalización del estado de alarma, lo que comunicaremos a las empresas asociadas a través de la correspondiente circular.

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