El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, ya vigente, levanta la suspensión de los procedimientos de contratación pública acordados con la declaración del estado de alarma, siempre y cuando su tramitación se realice por medios electrónicos. La misma medida alcanza a los recursos especiales en materia de contratación.

 

Pocos días después de haberse declarado el estado de alarma y con ello la suspensión de los procedimientos de contratación, un nuevo Real Decreto introdujo la posibilidad de continuar con aquellos procedimientos que fueran indispensables para la protección del interés general. Y es aquí donde, como Asociación, vimos la posibilidad y así lo comunicamos a las Administraciones de que los procedimientos de licitación que se llevaran a cabo por medios electrónicos deberían seguir adelante por ser de interés general.

 

No tenía sentido que esa suspensión o no inicio de procedimientos de licitación, retrasara la ejecución de obras, cuando esos procedimientos podían llevarse a cabo por medios electrónicos, es decir, mediante teletrabajo. Esta es la razón que ahora se ha esgrimido para reanudar la licitación pública.

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